1 9 9 0. Junio.- El 28 de junio, Miguel Gonzalez Calderón, Juez de Instrucción del Juzgado nº 3 de tal caracter en Reus (Tarragona), decide seguir la causa sobre el incendio e inundación de Vandellós 1 como procedimiento abreviado de acusación previsto en Ley Orgánica 7/1988 de 28 de diciembre.
1 9 9 0. Octubre.- El día 10 el Sr. Secretario General del CSN comunica al Juzgado de Reus las actuaciones llevadas a cabo por este organismo con la empresa propietaria de la central nuclear de Vandellós I y en relación con el plan de reevaluación de la seguridad.
1 9 9 0. Noviembre.- Se suceden diversas declaraciones judiciales de protagonistas del suceso. El Inspector residente del C.S.N. en la central nuclear de Vandellós II, constata que cuando aconteció el accidente, la única central que no tenía inspector residente, era precisamente Vandellós I. También, que cuando sobrevino el siniestro surgió del C.S.N. la instrucción de que se dirigiera a dicha central nuclear. Añade que le constaba que Vandellós I iba muy lenta en la realización de modificaciones y había sido apremiada por el C.S.N. en diversas ocasiones, conociéndolo por razón de su condición anterior a la de ser inspector en Vandellós II, en concreto la de técnico del C.S.N.
1 9 9 0. Diciembre.- El abogado barcelonés, Marc Viader, inducido por lo leído en el informe del C.S.N., formula QUERELLA CRIMINAL EN EJERCICIO DE ACCION POPULAR INDIVIDUAL contra autores, cómplices y encubridores de supuesto DELITO DE RIESGO del artículo 348 bis b) del Código Penal entonces vigente.
También pide con objeto de fijar las responsabilidades civiles, la evaluación para no repercutirlo en los consumidores, "obviamente ajenos a la responsabilidad del accidente", del coste de INCREMENTO DE LA ENERGIA ELECTRICA SURTIDA POR HIFRENSA, A RESULTAS DEL ACCIDENTE y de LAS LABORES CONSECUENCIA DEL MISMO.
1 9 9 1. Enero.- El Ministerio Fiscal interesa que el Consejo de Seguridad Nuclear del estado español remita el INFORME Y CONCLUSIONES FINALES ELABORADAS POR LA COMISION DE EXPERTOS INTERNACIONALES reunidos del 17 al 23 de diciembre de 1990 para el estudio del accidente en Vandellós I.
1 9 9 1. Febrero.- El día 4 el Juez al frente del Juzgado de Instrucción nº 3 de Reus, Sr. ALBAR GARCIA, admite lo pedido por el Ministerio Fiscal y acepta la querella criminal del abogado barcelonés.
El 8 de febrero, Juan Piqué Vidal, entonces defensor de Hifrensa, reclama se exija al querellante fianza para poder seguir su acción popular.
1 9 9 1. Marzo.- El abogado accionante popular solicita diversas diligencias de investigación. Entre ellas la de aportación por HIFRENSA de la resolución oficial donde consta la imposición de una importante sanción económica a consecuencia del accidente de 19 de octubre de 1989.
1 9 9 1. Mayo.- El día 22 el Ministerio Fiscal pide asimismo la práctica de diligencias.
1 9 9 1. Junio.- La jueza en Reus, Sra. Crespo Yepes, provee en 5 de junio de acuerdo con solicitudes del Ministerio Fiscal y del accionante popular.
El día 13 HIFRENSA facilita al Juzgado la documentación sobre la sanción impuesta por el Consejo de Ministros en cuantía de 70.000.000'- de pesetas a resultas de graves incumplimientos de la normativa sobre el plan de emergencia interior de la central y el plan de emergencia nuclear de la provincia de Tarragona.
1 9 9 1. Julio.- El Juez Javier Albar García acuerda el día tres conforme a la petición del defensor de HIFRENSA exigir fianza al abogado accionante popular. La cifra en MEDIO MILLON DE PESETAS. Este recurre dicha decisión judicial.
1 9 9 1. Agosto.- Llega al Juzgado el informe definitivo ("ASSET"), correspondiente a la ORGANIZACION INTERNACIONAL DE ENERGIA ATOMICA y presentado en abril de 1991 (Informe sobre un seminario evaluador de sucesos significativos relacionados con la seguridad sobre un suceso notificado por la central nuclear Vandellós I en España. Nivel 3 en la escala internacional de sucesos nucleares).
El día 8, con ocasión del recurso del accionante popular frente a la exigencia de fianza de 500.000'- pesetas, el Ministerio Fiscal se suma a sus alegaciones e insta se reduzca aquélla en un 50%, "en aras del legítimo ejercicio de la defensa de los intereses sociales que a través de tal acción se pretende".
A lo largo de este mes y parte del siguiente, el bufete del abogado accionante popular realiza a diversidad de organizaciones cívicas ecopacifistas y específicamente a la mesa confederal de Los Verdes, peticiones de apoyo económico a consecuencia de la fianza requerida.
Sólo recibe el apoyo de colectivos humildes. Finalmente no alcanza a recibir ayudas que cubran la cifra definitiva exigida por el Juzgado.
1 9 9 1. Octubre.- El Juzgado reduce la fianza y el accionante popular individual la paga reclamando la práctica de diligencias de investigación solicitadas antes.
El día 16, el letrado, Ramon Domenech Torné, defensor del Ayuntamiento de la "Ametlla de Mar" como acusador particular, solicita al Juzgado tome declaración a 19 altos cargos del Consejo de Administración de Hifrensa, entre febrero de 1986 y diciembre de 1989.
El día 30 el Juez en funciones, Sr. Martín Ibañez, resuelve se lleven a cabo diligencias pedidas por la acción popular en 19 de marzo de 1991.
1 9 9 1. Noviembre-Mayo.- Parón de las actuaciones judiciales durante 7 MESES.
1 9 9 2. Junio.- El día 18, la Jueza Sra. Crespo Yepes, acuerda que la Fiscalía de Tarragona informe sobre las diligencias a practicar.
1 9 9 2. Agosto.- El Ministerio Fiscal recuerda que ya en 22 de mayo de 1991 se pronunció en sentido positivo acerca de declaraciones solicitadas por la acción popular.
1 9 9 2. Diciembre.- El Sr. Abogado del Estado comparece a causa de la citación judicial de personas vinculadas con la Administración del Estado.
1 9 9 3. Marzo.- Declara en Madrid José Mª Perez Prim, Director General de la Energía, desde 27 de febrero de 1989 hasta 5 de enero de 1990.
1 9 9 3. Agosto.- El Fiscal recuerda que todavía es preciso tomar declaración al que fuera Director Técnico del Consejo de Seguridad Nuclear antes del 18-12-1987, y finalizadas las declaraciones previstas, concluir el procedimiento por haber sido ya practicado lo necesario para resolver sobre el ejercicio de la acción penal.
1 9 9 3. Septiembre.- Declara el día 3 en Madrid el Director Técnico del C.S.N. sin presencia del Ministerio Fiscal.
1 9 9 3. Octubre.- En Madrid el día 14, tras varias citaciones infructuosas, declara y responde a preguntas que le verifican el abogado accionante popular y los letrados de las defensas, sin asistencia del Ministerio Fiscal, la luego Presidenta de la Cruz Roja, Carmen Mestre Vergara, Directora Gral. de la Energía en 1986.
1 9 9 3. Noviembre.- HIFRENSA presenta en Reus escrito de cinco de noviembre de 1993, solicitando el ARCHIVO de la causa sin responsabilidades.
La Jueza Sra. Mestre Soro acuerda el día 12 "remitir las actuaciones a Fiscalía para que informe sobre el archivo solicitado".
Las acusaciones particular y popular recurren y reclaman tener término para poder oponerse al archivo.
1994. Enero.- El día 21 la Jueza Ana Mª Mestre Soro deniega el archivo de la causa y dispone pase al Ministerio Fiscal y demás acusaciones personadas para poder pedir apertura de juicio oral.
Con la sorpresa de colectivos ecologistas de Tarragona, la representación del Ayuntamiento de Ametlla de Mar, a través de escrito del día 25, renuncia a la accion penal seguida en calidad de acusación particular y se retira de la causa. En ella quedan pues únicamente como acusadores el Ministerio Fiscal y el abogado accionante popular.
1994. Febrero.- La representación de Hispano Francesa de Energía Nuclear S.A. recurre contra la denegación del archivo. La acción popular impugna el recurso de HIFRENSA.
1994. Marzo.- El Juzgado recoge la impugnación del abogado accionante popular y rechaza el recurso de HIFRENSA donde pedía el archivo.
1994 Junio.- El Fiscal solicita declaren como inculpados el Director de la central nuclear y dos Directivos de HIFRENSA, antes de incluirles en posible escrito de acusación.
1994 Julio.- El día 4 declaran respondiendo a preguntas de los letrados de la defensa y de la acusación popular.
Al siguiente día se resuelve remitir los seis tomos de la causa a la Fiscalía.
1994 Octubre.- El representante del Ministerio Fiscal, D.José Mª Parra Llonch, presenta escrito de acusación con petición de una pena de 3 meses de arresto mayor y multa de 3 millones de pesetas, o alternativamente otra de dos años de prisión menor, sobre las personas del director de la central nuclear, dos directivos de HIFRENSA y dos directores técnicos del Consejo de Seguridad Nuclear.
1995 Enero.- El abogado accionante popular solicita apertura de juicio oral y hace acusación con doble calidad de acusador popular y particular:
1995 Mayo.- Los acusados presentan escritos de defensa, proponiendo pruebas y pidiendo la absolución .
Octubre 1995.- El día cuatro, después de sucesivas alegaciones de las defensas contra petición de la acción popular, el Juzgado de Reus le admite argumentos para evitar defectos de nulidad, decidiendo que HIFRENSA sea instada a formular su escrito de defensa y calificación de los hechos.
Noviembre 1995.- Con fecha del día nueve el Juzgado dispone pasar el proceso a la Audiencia Provincial de Tarragona para la celebración del juicio oral.
La publicación del nuevo Código Penal donde hay un nuevo redactado del antes artículo 348 bis sobre delito de riesgo y una disposición derogatoria única, en cuyo apartado f) quedan derogados los artículos sancionadores del 84 al 90 de la Ley 25/1964, de 29 de Abril, de Energía Nuclear, lleva a que el accionante popular exponga temores sobre la suerte del juicio.
La defensa de los acusados miembros del C.S.N pide ante la Audiencia de Tarragona el archivo de la causa.
NO ES VAN PRODUIR ACTUACIONS DE CAP TIPUS DURANT TOT L'ANY 1996
Enero 1997.- El día 14 la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Tarragona, visto informe del Ministerio Fiscal que mantiene la continuación de penalización de las conductas, objeto de examen en los preceptos antiguos, a través de los nuevos del 341 al 345 del nuevo Código Penal, sigue la causa y admite las pruebas que se proponen, y entre ellas múltiples periciales. Queda pendiente la fecha del juicio oral para después de que los peritos designados emitan sus informes previos.
25 de febrero 1997.- La Audiencia Provincial de Tarragona insta comisión rogatoria para que los siguientes ciudadanos franceses, a petición de las defensas de los miembros acusados del Consejo de Seguridad Nuclear español y de Hifrensa, emitan informe pericial
Mayo 1997.- Hifrensa y los acusados de su entorno fabril y directivo, tras nombrar nuevo defensor en la persona de Luis Jordana de Pozas Gonzalbez, adscrito al Bufete Quatrecases, instan se dejen sin efecto todas las pruebas propuestas tendentes a evaluar los perjuicios económicos que para el consumidor español de electricidad haya podido tener el incidente de la central nuclear de Vandellós I.
Interesan no se admita al abogado que lleva la acción popular poder ejercitar además la acusación particular de posible perjudicado, pagador de recibos de electricidad con presumible incremento derivado de costes del accidente nuclear.
Junio de 1997.- Después de oir al Ministerio Fiscal y demás partes, incluído el propio accionante popular, la Audiencia Provincial de Tarragona deniega la petición de la nueva defensa de Hifrensa.
Septiembre de 1997.- La Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Tarragona apremia a los peritos propuestos la pronta terminación de sus informes con lo que se presume la posibilidad de un pronto señalamiento de la fecha del juicio.
Marc Viader, sin perjuicio de seguir autodefensa en su condición de accionante popular, encarga al relevante penalista Marc Palmés Giró, que la acepta, su defensa en la opción de acusador particular.
Octubre 1997 a Mayo de 1998.- Se suceden escritos de la acusación, más respectivas decisiones de la Audiencia tarraconense, con el objetivo de que no existan obstáculos en varias sedes de las empresas eléctricas, partícipes de Hifrensa, para el perito economista D.Antonio Torrente Castel propuesto por la acusación popular y particular.
Se producen específicas alegaciones de ENDESA manteniendo ser ajena a aquella participación y oponiéndose a cualquier posibilidad de examen de su documentación.
Junio de 1998.- El 15-VI-1998 la Audiencia acuerda librar oficio recordatorio al Ministerio de Justicia de España, Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional, a fin de que se procure el urgente cumplimiento de comisión rogatoria remitida con fecha 25 de febrero de 1997.
Con la presentación el día 16 de junio de 1998 del informe pericial del citado economista, Sr. Torrente Castel, solamente queda como obstáculo que impide la señalización del juicio la falta de emisión de las tres periciales de Francia objeto de comisiones rogatorias.
Entre los de la defensa y de la acusación (que ha propuesto las periciales del físico nuclear D. Juan Carlos Perez Cerdan y del economista Antonio Torrente Castel), el número total de peritos supera la quincena.
Octubre-Noviembre de 1998.- Los letrados de la acusación popular y particular instan el aumento de la fianza por responsabilidades civiles y la aportación al proceso de la sentencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo de 19-12-1996 que desestima el recurso de Hifrensa contra la multa del Consejo de Ministros.
La Sección 3ª de la Audiencia resuelve negativamente a la ampliación de la fianza y recuerda el diligenciamiento de comisiones rogatorias. Concede plazo a las defensas para que opinen acerca de la aportación de dicha sentencia.
Diciembre de 1998.- En 16-XII-1998 la Sección 3ª tiene por recibida comisión rogatoria venida de Francia sin cumplimentar y los escritos de las defensas oponiéndose a aquel acompañamiento de sentencia. No da lugar a la solicitud de la acusacion popular acerca de dicha sentencia y expide nueva comisión rogatoria.
Los letrados de la acusación popular y particular formulan recurso de súplica, perplejos ante las incidencias de atraso de la repetida comisión rogatoria.
18 de Octubre de 1999.- Finalmente, admitida antes la aportación de la mencionada sentencia, la Sala 3ª de la Audiencia Provincial de Tarragona fija EL JUICIO ORAL de vista pública para los días 19, 20, 21, 24 y 25 de enero del año 2000.
Más retraso habría supuesto una afrenta constitucional para los acusados y una demora excesiva.
Noviembre-Diciembre de 1999.- En el desarrollo del 3er Congreso de Derecho Ambiental celebrado en Barcelona y dentro de las sesiones de la Mesa de Trabajo sobre delito ecológico es presentada una comunicación informativa sobre el caso del accidente de Vandellós 1.
La sección de lucha antinuclear de la organización Greenpeace en España acuerda difundir aviso de la celebración del juicio del caso Vandellós.
A medida que se acerca el inicio del juicio se incrementan noticias en los medios que revelan una decidida campaña de las empresas eléctricas para aminorar las noticias y comentarios sobre su celebración, así como sobre todo, el posible mejor conocimiento por la opinión pública,, gracias a las sesiones de aquel juicio, de las disfunciones y riesgos que conlleva la explotación de centrales nucleares, nueve de las cuales se hallan en España.
Llega a la Audiencia de Tarragona comisión rogatoria con el informe de uno de los peritos franceses propuestos por las defensas, Mr. FRANÇOIS XAVIER COGNÉ.
Es obvio que a partir de este momento la resonancia del próximo juicio puede que vaya más allá de las fronteras del estado español y conviene al ecologismo europeo desplazar observadores internacionales.